lunes, 3 de diciembre de 2007

LEY ORGANICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL

RESUMEN DE LA EXPOSICIÓN
GRUPO # 6
LEY ORGANICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL (LOSSS)

EL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL

Constituye la garantía del Estado Venezolano a todas las personas con algún impedimento ya sea por enfermedad o un accidente, mediante el otorgamiento de recursos financieros y la prestación del servicio médico asistencial a estas las personas. La seguridad social según la LOSSS constituye un derecho humano fundamental e irrenunciable.

CAMPOS DE APLICACIÓN

MATERIAL:

El sistema de seguridad social establece el derecho a la salud y prestaciones en los casos como:
• Maternidad.
• Paternidad.
• Enfermedades y accidentes, cualquiera sea su origen, magnitud y duración.
• Discapacidad; necesidades especiales.
• Pérdida involuntaria del empleo.
• Desempleo.
• Vejez.
• Viudedad.
• Orfandad.
• Vivienda y hábitat.
• Recreación.
• Cargas derivadas de la vida familiar
• Cualquier otra circunstancia susceptible de previsión social que determine la ley.


PERSONAL:

Establecido en el Artículo 4 de la LOSSS, el Estado garantiza a todos los venezolanos y extranjeros residenciados legalmente en el país el derecho a la seguridad social como algo fundamental e irrenunciable.


ESTRUCTURA ORAGANIZATIVA Y FUNCIONAL DEL SISTEMA


El Sistema de Seguridad Social está compuesto por:



1. SALUD

2.PREVISIÓN SOCIAL:
-Servicios Sociales
-Pensiones
-Empleo
-Seguridad Social en el trabajo

3.VIVIENDA Y HÁBITAT

La Tesorería de seguridad Social es el ente de recaudación, inversión y distribución de los recursos financieros del sistema de seguridad y operará con ingresos provenientes de: Las fuentes de ingresos corrientes como las cotizaciones de los afiliados y aportes fiscales del Estado. Fondos e inversiones.

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